Cuando un ordenamiento jurídico propicia o permite situaciones jurídicas diametralmente opuestas a la propia esencia de la democracia, o cuando no ofrece soluciones a situaciones, así, algo gravísimo sucede en ese ordenamiento jurídico y en esa democracia.
Quien esto lea puede entender que los magistrados Sr. López y Sra. Espejel no son inequívocamente próximos al Partido Popular.
Quien esto lea puede entender que es irrelevante que personas inequívocamente próximas al Partido Popular juzguen el caso Gürtel, el más importante caso de corrupción que ha afectado al Partido Popular, incluyendo en su conjunto la calificación penal de «organización criminal» para el Partido Popular y que afecta a dos tesoreros del partido. No «extesoreros», sino «tesoreros», porque lo eran cuando sucedieron los hechos.
Quien esto lea puede argumentar que hay otros casos en los que personas próximas a otros partidos han intruido procedimiento penales que afectan a partidos o juzgado sobre ello.
Quien esto lea puede recordar que el presidente del Tribunal Constitucional, que si no resuelve justicia ordinaria en sentido estricto sí resuelve justicia constitucional, o sea, justicia, tuvo carné del Partido Popular.
Quien esto lea puede pensar que no se puede prejuzgar que personas inequívocamente próximas a partidos vayan a prevaricar.
Quien esto lea puede pensar todo eso. Quien esto lea es libre de pensar que no hay tal proximidad y tendrá derecho a pensarlo porque el pensamiento y la opinión son libres aunque ello signifique, objetivamente, negar realidades. Quien esto lea puede consolarse pensando que ha habido otros casos que afectan a otros partidos; como si fuera consuelo que el gusano esté en la raíz. Quien esto lea puede pensar que la lista de causas de abstención y recusación está ahí, tasada, para evitar que se tenga que abstener o pueda ser recusado con éxito alguien que objetivamente no presente problemas de falta de imparcialidad objetiva.
Y también es libre mi pensamiento y tengo mi libertad de expresión. Y en uso de mi libertad de pensamiento y de mi libertad de expresión, como ciudadana y como jurista, digo, con profunda tristeza, porque no me consuela sino todo lo contrario que haya habido casos análogos, que si un ordenamiento jurídico propicia o permite que dos jueces inequívocamente próximos al Partido Popular juzguen el caso Gürtel, y si no ofrece solución juridica a que eso no suceda, esto no es una democracia. Y me da igual que ello proceda de que haya habido reparto de sillas en el Consejo General del Poder Judicial apoyado por muchos partidos, no todos, y que sea posible que el Tribunal Constitucional esté presidido por una persona que tuvo carné del Partido Popular.
No, mejor dicho, no me da igual. Lo que me da es asco.
Y me daría exactamente igual el mismo asco si mañana el Sr. Benlloch, exministro de Justicia con el PSOE y actual alcalde de Zaragoza por ese partido, juzgara el caso ERE que afecta muy gravemente a su partido, algo que, con el mismo ordenamiento jurídico que propicia o permite lo de los dos jueces de Gürtel, sería posible.
Podría haber hecho un post estrictamente jurídico, con análisis de normativa y jurisprudencia. He preferido no hacerlo. Me da miedo llegar a una conclusión: a la conclusión de que no vivo en una democracia.
Y si usted, lector, lectora, lee este post y no sabe a qué caso me estoy refiriendo y de qué estoy hablando en este post, tiene usted un grave problema. El mismo problema que sufrimos todos: la libertad de prensa.
Verónica del Carpio Fiestas
Querida Veronica: Un gran post.
En materia de abstención/recusación soy partidario del resplandor de la Justicia. Es decir, que ante la más mínima duda el juez se abstenga o se estime la recusación. Me sorprendió, desde la «tradición» española, la abstención del Juez Clarence Thomas en el caso US vs Virgina https://en.wikipedia.org/wiki/United_States_v._Virginia 518 U.S. 515 (1996). Cuando se discutía si era constitucional o no que una academia militar «privada» solo aceptase varones, el se abstuvo porque su hijo era un simple cadete en la misma, uno mas de los aprox. 1650 cadetes. Sólo desde esta perspectiva, de la imparcialidad objetiva y SUBJETIVA de la que habla el TEDH, creo que puede tenerse confianza en una recta administración de justicia.
Un fuerte, respetuoso y admirativo saludo,
Jacobo de Salas
Gracias por tu amabiidad y por la información.