¿Sabe el PSOE cómo ilegalizar la Fundación Francisco Franco o tiene voluntad política de hacerlo?

¿De verdad tiene el PSOE voluntad política y, por tanto, ha puesto en marcha los mecanismos jurídico-parlamentarios idóneos a su alcance, para promover la ilegalización de la Fundación Francisco Franco? La Memoria Histórica es tema estrella para el PSOE, por lo que la respuesta debería ser afirmativa, teniendo en cuenta, además, que la ministra de Justicia hoy en funciones dijo ya hace más de un año que el Gobierno socialista estaba estudiando cómo ilegalizar esa fundación, la cual sigue activa a día de hoy según su web y su cuenta de Twitter (que no voy a enlazar porque me desagrada que en mi blog consten enlaces a una institución que me suscita profundo rechazo). Sin embargo, leyendo la iniciativa parlamentaria que con fecha 19 de julio de 2019 ha presentado el Grupo Parlamentario del PSOE en el Congreso sobre el tema, no diría que la respuesta es afirmativa. Vayamos a la Proposición de Ley 122/000035 de memoria histórica y democrática, presentada por el PSOE en la presente XIII Legislatura, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 30 de julio de 2019, texto completo aquí y datos de situación parlamentaria aquí, y leamos su Disposición Final Tercera:

«Disposición final tercera. Ilegalización de personas jurídicas.
En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, se promoverá la modificación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, con el objeto de declarar ilegales las asociaciones y fundaciones que públicamente inciten directa o indirectamente al odio o violencia contras las víctimas de la Guerra Civil española y el franquismo por su condición de tales.
«

Con carácter previo debo hacer un inciso importante: voy a analizar esto partiendo de que en efecto a esa fundación concreta y a fundaciones y asociaciones análogas se refiere esta disposición final un tanto críptica, porque no veo nada más que encaje en el tema dentro de esta proposición de ley del PSOE sobre Memoria Histórica, nada menciona al respecto el preámbulo y tampoco localizo otra proposición de ley distinta del Grupo Parlamentario Socialista esta legislatura sobre ilegalizar fundaciones y asociaciones, sea o no en contexto de Memoria Histórica. Si, por el contrario, hubiera algo más en esta proposición de ley o en otra de este Grupo Parlamentario esta legislatura, y no he dado yo con ello pese a mis esfuerzos de búsqueda, o esta disposición final no tuviera que ver con el tema pese al contexto y al antecedente al que posteriormente haré referencia, desde ahora mismo ofrezco anticipadamente mis disculpas por el error.

Y si en efecto se refieren al tema esta proposición de ley y esta disposición final, y leyendo el texto de esta, se observa que el PSOE en realidad no quiere ilegalizar vía esta proposición de ley la Fundación Francisco Franco y las fundaciones y asociaciones análogas, o bien no sabe cómo hacerlo. Se limita a decir que alguien, no se sabe quién, promoverá en un futuro hipotético la reforma de otras dos leyes, una ley ordinaria y una ley orgánica, para que esas dos futuras leyes hipotéticas declaren ilegales tales fundaciones y asociaciones.

Es decir, que, si es así, el PSOE cree, o pretende hacer creer a quienes no conozcan la técnica parlamentaria y los mecanismos constitucionales básicos de promoción y aprobación de normas con rango de ley que, aprobando esa ley ahora -si consiguiera la mayoría simple que necesita, claro-, podrá obligar a alguien en el futuro (¿a quiénes? ¿al Gobierno que sea, a sí mismo como grupo parlamentario, a otro grupo parlamentario?) a promover en el futuro la reforma de otras dos leyes distintas, como si fuera constitucionalmente factible que una ley, de aprobarse, pudiera de verdad obligar en un futuro a alguien a promover, y no digamos a las Cortes a aprobar, otras leyes futuras, y que, además, fuera constitucionalmente factible que, aprobando una ley ahora que tendría el rango de mera ley ordinaria, se pudiera obligar a alguien en el futuro (¿a quiénes?) a promover la modificación de una ley orgánica, es decir, que con mayoría simple ahora, caso de obtenerla, se pudiera obligar a que en el futuro salga adelante otra ley distinta que necesita mayoría absoluta.

El PSOE tenía dos posibilidades, si es que, tras efectuar un análisis jurídico, consideraba factible ilegalizar por norma con rango de ley este tipo de entidades cuando ya están constituidas:

  • presentar ahora una proposición de ley orgánica que, de aprobarse por mayoría absoluta, se convirtiera en ley orgánica que modificara tanto la Ley de Asociaciones (que es orgánica) como la Ley de Fundaciones (que es ordinaria), y, por tanto, por esa misma ley sin más ilegalizar la Fundación Francisco Franco y las fundaciones y asociaciones análogas;
  • o bien presentar ahora una proposición de ley ordinaria, es decir, que de aprobarse por mayoría simple se convirtiera en ley ordinaria, que modificara únicamente la Ley de Fundaciones (que es ordinaria), y, por tanto, por esa misma ley ilegalizar la Fundación Francisco Franco y las fundaciones análogas, dejando aparte las asociaciones para otra proposición de ley de tipo orgánico, ya que aprobar una ley orgánica requiere la mayoría absoluta.

Pero el Partido Socialista ha escogido la tercera posibilidad: no hacer algo, sino decir que en un futuro a lo mejor se hará algo y sin que ese algo sea obligado.

Y eso tiene un nombre: propaganda. Preocupante, aunque nada nuevo bajo el sol.

O bien tiene otro nombre, desconocimiento de mecanismos legislativos básicos. Cuesta aceptar que ese pueda ser el motivo tratándose de un partido que lleva décadas en las Cortes; pero si fuera así, también sería preocupante.

O bien, tercera posibilidad, no incompatible con la propaganda: que no se haya efectuado el indispensable análisis jurídico profundo o que, de haberse efectuado ese análisis, no se haya dado con las soluciones de cómo de verdad ilegalizar una fundación preconstitucional que se ha ido colando en las sucesivas normativas postconstitucionales de fundaciones sin que nadie aplicara ningún filtro legislativo serio en las disposiciones transitorias ni tampoco en el control administrativo. Recordemos que las fundaciones no son en absoluto como las asociaciones, sino que, conforme al artículo 34 de la Constitución han de ser entidades jurídicas para fines de interés general, con arreglo a la ley; y, efecto, con arreglo a la ley requieren, al menos en teoría, supervisión del Estado (o, en su caso, de comunidades autónomas) para su creación y para su funcionamiento. Y, claro, habría que echarle muchísimas horas de estudio jurídico muy, muy serio para dar con la fórmula jurídica idónea, eficaz y constitucionalmente viable para ilegalizar una fundación que se ha colado en las disposiciones transitorias de dos sucesivas leyes postconstitucionales sobre fundaciones, la Ley 30/1994 y la Ley 50/2002; y me gustaría saber cuál es esa fórmula jurídica, que no la sé, aunque, por supuesto, me encantaría que existiera, que se hubiera buscado en serio, que se diera con ella y que se aplicara.

Y, además, llueve sobre mojado, porque hay un antecedente: en la legislatura anterior, la XII, el PSOE presentó en diciembre de 2017 otra proposición de ley, que no salió adelante, y con la misma extraña técnica legislativa de marear perdices posponiendo sine die, en la Disposición Adicional Primera de la Proposición de Ley 122/000157 para la reforma de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura:

Disposición adicional primera.

  1. Serán declaradas ilegales las Asociaciones y Fundaciones que públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contras las víctimas de la Guerra Civil Española y el franquismo por su condición como tales, o que realicen apología del franquismo, fascismo y nazismo.
  2. Con este fin se procederá a las modificaciones correspondientes en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, por la que se declararán ilegales las asociaciones y fundaciones referidas en el apartado anterior.

Así que una de dos: o el PSOE dos años después de dedicar tantos esfuerzos políticos a la Memoria Histórica aún no ha dado con la fórmula jurídica para ilegalizar la Fundación Francisco Franco y fundaciones y asociaciones análogas, o bien es que no tiene verdadera voluntad política de ilegalizarlas.

Y curioso también que entre ambas proposiciones de ley de dos sucesivas legislaturas haya cambios de redacción del artículo, esa omisión en la proposición de ley de 2019 del inciso sobre apología del franquismo, el fascismo y el nazismo; supongo que habrá alguna razón para ello, aunque no sé cuál puede ser, y nada explica el preámbulo de la proposición de ley de 2019. Cada vez entiendo menos de qué va todo esto.

Verónica del Carpio Fiestas

Acerca de Verónica del Carpio Fiestas

Abogada desde 1986. Colegiada ICAM nº 28.303 Profesora de Derecho Civil en el Departamento de Derecho Civil UNED desde 1992 Despacho profesional: C/ Santísima Trinidad, 30, 1° 5, 28010 Madrid (España) Tf. (+34) 917819377 e-mail veronica@delcarpio.es En Twitter @veronicadelcarp
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