Este es un post sobre independencia judicial y se resume en una frase: un alcalde ha pasado de ser alcalde a ser magistrado de la misma Audiencia Provincial de su ciudad, en España la independencia judicial está en niveles preocupantes y no solo en este caso puesto que se desprende de DOS informes internacionales oficiales, y la independencia judicial sencillamente no es posible sin medios.
Y el título del post procede de la conocida anécdota, o leyenda, que en el mundillo jurídico equivale a independencia judicial: un poderoso rey, Federico II de Prusia, siglo XVIII, quiso perjudicar a un modesto molinero con un acto arbitrario -confiscar el molino que le molestaba las vistas, para derribarlo-, y el molinero consiguió amparo judicial eficaz que impidió esa arbitrariedad del propio rey, porque, como dijo el rey, satisfecho de cómo funcionaban unas instituciones independientes para controlar el Poder, «Aún hay jueces en Berlín».
Empecemos con el ejemplo más gráfico imposible del alcalde que pasa a magistrado, y sigamos con dos informes internacionales sobre independencia judicial: informe GRECO 2014 del Consejo de Europa sobre independencia judicial y lucha contra la corrupción y el informe de la Unión Europea 2015 sobre el estado de la Justicia. Enlace a informe GRECO 2014 aquí y enlace a informe de la UE aquí
1.-PASAR DE ALCALDE A MAGISTRADO
El actual alcalde de Zaragoza, Sr. Belloch, ha obtenido plaza de magistrado en la Audiencia Provincial de Zaragoza, pendiente de incorporarse, según parece que ha declarado, a que lleguen las elecciones municipales, a las que no se vuelve a presentar. Información en la web oficial del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), aquí, y aquí, y en BOE, de lo que se desprende, si es fidedigna la información, que irá a la Audiencia Provincial de Zaragoza, a una plaza en Penal, cuando le interese.
La normativa vigente permite, pues, que quien ha sido desde 2003 a 2015 alcalde de Zaragoza pase a ser, sin solución de continuidad, magistrado de la Audiencia Provincia de la misma provincia de la que Zaragoza es capital, adscrito a la sección penal de la Audiencia. Es decir que intervendrá en los recursos de los asuntos penales tramitados en toda la provincia. La normativa permite que quien es por esencia jefe político y administrativo de la ciudad más importante de una provincia -aparte de significado miembro de un partido político, en concreto el PSOE-, pase a ser quien decida sobre los delitos cometidos en esa ciudad, incluyendo aquellos delitos de sus subordinados, sus votantes, sus colaboradores, sus contrarios políticos, los empresarios a quienes ayudó, los empresarios a quienes no ayudó, los casos en los que una propia normativa o decisión administrativa municipal previa sean decisivos sobre la existencia o no de delitos (delitos urbanísticos, intervención de policía municipal o no intervención cuando tenía que haberse intervenido, contratos administrativos, accidentes de tráfico en los que el dato de cómo estaban las calles o las señalizaciones sea decisivo, delitos por ruido excesivo en los que el Ayuntamiento haya sido pasivo o no lo haya sido, licencias, etc.), todo ello, por supuesto, incluso sin contar que TODA la población de Zaragoza capital tenía dependencia respecto de este señor, para todo lo que afecta a la vida de la ciudad, desde el asfaltado de su calle hasta la concesión de mayor edificabilidad a su parcela, las líneas de autobuses o la asistencia social, y sin contar con la inevitable red clientelar que genera un cargo político de esa naturaleza.
No conozco ejemplo más claro de cómo en España no existe de verdad independencia judicial y de cómo el gusano de la no independencia judicial está en la raíz, no solo de la normativa sobre jueces, que tal cosa permite, sino de la vida social, política y periodística.
Porque esto ha pasado desapercibido, o yo no veo que tal barbaridad haya salido en las portadas de los periódicos nacionales ni se haya montado el escándalo nacional que en efecto tal barbaridad jurídica concreta exige para cambiar una normativa GENERAL que tal cosa permite.
Porque no es ya la puerta giratoria de hoy soy ministro de Justicia y mañana alcalde -caso por cierto, también de este señor-, o de hoy soy ministro y mañana abogado con compatibilidad concedida extrañamente a los cuatro meses de dejar de ser ministro -caso del también exministro de Justicia Sr. Ruiz-Gallardón- sino que pasa a DECIDIR sobre los mismos delitos cuya intervención personal o administrativa previa ha sido decisiva, relaciones personales inevitables aparte. Pues no va de magistrado de la Audiencia Provincial a Segovia, Tarragona o Lugo, algo que ya sería sorprendente y preocupante; va a la Audiencia de Zaragoza.
Y usted no sabe, ni nadie se lo cuenta, ni se monta un escándalo por esto.
¿Qué está pasando en España para que sea así? La independencia judicial es la base del Estado de Derecho. La Justicia tiene que ser accesible, INDEPENDIENTE y con medios para ser JUSTICIA, y sin Justicia no hay derechos ni Estado de Derecho. Quitemos la independencia de la Justicia y tendremos algo MUCHO PEOR que una Justicia ineficaz; tendremos una Justicia como instrumento.
Puede usted quizá decir ,si coge el rábano por las hojas y se centra en el ejemplo concreto, pese a que es solo eso, un ejemplo, que existen las figuras de la abstención y la recusación, es decir, que la ley ofrece mecanismos para que en los temas en los que haya tenido relación un juez, no intervenga en los asuntos. Si dice usted eso, quizá no ha tenido en cuenta dos datos:
1) En la práctica ni se abstiene ni es recusado prácticamente nadie. Primero, porque las causas de abstención y recusación son muy restrictivas. Segundo, porque la abstención consiste en una apreciación PERSONAL del propio juez sobre la concurrencia de interés personal, amistad íntima y los demás casos muy restrictivos que prevé la ley, y ya comprenderá qué elástico es eso. Y tercero, en cuanto a la recusación, es decir, la peticion de que sea apartado de un asunto el juez, no es posible plantearla más que a las propias partes de un pleito, y, aparte de ser también muy restrictiva las causas, puede rechazarse, y pocos se arriesgan a pedirlo ante el riesgo de que se rechace.
Póngase usted en el lugar de quien lleve la defensa o de la propia persona afectada. ¿Recusaría usted? ¿Sabiendo que las causas de recusación son muy restrictivas y que si la recusación no prospera, ese MISMO juez recusado por usted decidirá su pleito?
2) Y segundo, porque INCLUSO si en este caso concreto del alcalde-juez se produjeran las abstenciones y recusaciones masivas que en efecto exige la propia esencia del caso, ello significaría que la normativa está propiciando como la cosa más normal de mundo que un juez sea nombrado para un cargo que en la práctica no podría ejercer razonablemente, en detrimento de un mínimo criterio de eficacia.
Es lamentable tener que argumentar cosas tan básicas para fundamentar algo tan claro como que es inadmisible por independencia judicial que pase a ser magistrado el señor alcalde.
Pero muchísimo más lamentable sería que alguien considerara que esto es o un ejemplo malintencionadamente escogido o una mera excepción. No lo es, igual que no es un ejemplo de cómo el Gobierno actual actúa, porque aquí no se trata de normativa ni de actuación del Gobierno actual, solo. Esto viene de largo.
Y va a peor.
2.- DOS INFORMES INTERNACIONALES SOBRE INDEPENDENCIA JUDICIAL Y JUSTICIA SIN MEDIOS
A continuación se enlazan DOS informes internacionales sobre independencia judicial.
1) Informe GRECO.
Este informe relaciona falta de independencia judicial con corrupción y la investigación de delitos con los MEDIOS de que dispone la Justicia.
Y para aclarar esto: unos ejemplos, entre muchos más disponibles, alguno ya incluso en este blog, que pueden ser escogidos al azar de todas partes:
- Caso POKEMON. Galicia. La Xunta de Galicia no da medios personales para sacar adelante la investigación. Enlace a noticia, aquí
- Caso «trama forestal». Galicia. El juez denuncia la falta de medios personales y de colaboración. Enlace a noticia, aquí
- Caso ERE. Andalucía. La jueza pide medios, incluyendo estanterías, porque el voluminoso sumario está por los suelos. Enlace a noticia, aquí
Es la propia Administración la que proporciona medios personales o materiales O NO LOS PROPORCIONA, o los proporciona tarde, o insuficientemente, incluso en casos de CORRUPCIÓN que afecta a personas RELACIONADAS con esas administraciones.
En Madrid, los jueces decanos, es decir, los portavoces de todos los juzgados de la Comunidad, han denunciado la alarmante situación falta de medios y dejación. Enlace a noticia aquí.
Una imagen vale más que mil palabras: juzgados con papeles, pero sin papel higiénico, en Madrid.
En Girona, han colgado este cartel en un juzgado: la jueza informa al público de retrasos en tramitación contrarios a la Constitución, por falta de medios.
Y por resumir, recuerde que en juzgados ASÍ, y con medios de los juzgados que dependen de que los proporcione O NO el propio interesado en que la investigación siga o no adelante, el Gobierno tiene en trámite una ley para LIMITAR los plazos de instrucción, no solo causando IMPUNIDAD, sino, encima, vendiéndolo como algo DESEABLE.
La independencia judicial se ataca por la vía,
- por un lado de no dar medios cuando no interese
- y por otra, por si fuera poco, de limitar los plazos para investigación de delitos.
Vea fotos de juzgados en un país tercermundista, el nuestro:
Y piense a quién beneficia esta situación.
2) El Informe 2015 de la Unión Europea sobre independencia judicial.
El informe es MUY preocupante. Lo primero que preocupa es que un informe MUY preocupante sobre la independencia judicial en España no tenga traducción oficial al castellano. En un país con notorias insuficiencias en conocimiento de idiomas, un documento importantísimo no está en castellano, o no se encuentra. Piense quien esto lea por qué será así y a quién interesa que sea así. Texto completo en inglés, aquí.
El estudio presenta detalles muy interesantes. Resalto los más llamativos, sin perjuicio de insistir en que requiere un análisis mucho más profundo, y recomendarle que NO se fíe de los resúmenes de prensa, que insisten en lo fácil: sobre la «percepción negativa de la independencia judicial» que refleja el informe, es decir, en que la ciudadanía percibe que hay poca independencia judicial, cuando lo importante NO es lo que se percibe, sino lo que HAY.
- Fundamental que el Gobierno español no ha mandado datos actualizados a la Unión Europea para elaborar el informe, que engloba a toda la UE.
- Específicamente no ha remitido el Gobierno datos que «casualmente» pondrían de manifiesto realidades incómodas para el Gobierno
- Los datos de número de jueces faltan «casualmente» desde que despidieron a los jueces sustitutos, 1.500 jueces eventuales que se hacían cargo para suplencias y casos análogos, abrumando más aún la situación de colapso.
- Los datos de inversión en Justicia «casualmente» tampoco están actualizados. Supongo que quien esto lea no se creerá la propaganda gubernamental sobre inversiones en Justicia.
- Datos sobre duración de procedimientos que son francamente ideales, en el sentido de que parecen corresponder a una realidad paralela ideal. Dice el informe, con datos proporcionados por las autoridades españolas, que un acreedor de una empresa en concurso tarda en cobrar año y medio. Que me digan por favor dónde.
Imagine que el juez de Berlín hubiera sido antes ministro del mismo rey de Prusia. O imagine que el mismo rey de Prusia tuviera en su mano proporcionar o NO funcionarios de apoyo, crear o no mas juzgados o dar o no medios materiales.
Pues no imagine tanto, que así es.
Volvamos a la pregunta del título. ¿Aún hay jueces en Berlín?
Verónica del Carpio Fiestas
Si hay algún magistrado cuya independencia es pura ficción, ese es sin duda el propuesto (en realidad, designado) por cada Comunidad Autónoma para juzgar a los mismos políticos que lo nombran.
Tengo ese tema denunciado más de una vez en Twitter y de hecho tenía previsto y pendiente de post sobre ello.
Reblogueó esto en Milenio de Platay comentado:
Cuanta razón!
El artículo es brillante.
Pero seguro que Verónica del Carpio podría, con la misma brillantez, escribir un artículo en el que, escogiendo varios ejemplos y glosando algunos informes, «demostrase» que los jueces en España cumplen con holgura su deber constitucional de independencia: frente a los Gobiernos, frente a los partidos, frente a sí mismo (superiores «jerárquicos»), frente a las empresas, frente a los medios de comunicación. Lo que, por cierto, no es nada fácil: pero por difícil que sea, es responsabilidad individual de cada juez.
La independencia del poder judicial es un horizonte: nunca se llega del todo. Pero miles de jueces van dando pasos, día a día, en esa dirección. Y en cuanto al marco legal, el espacio abierto para la independencia es suficiente como para quien quiera serlo, lo consiga. Todo lo más puede ver mermadas (no anuladas) sus posibilidades de ser Vocal del Consejo o magistrado del TS, pero si ese es el precio, es desde luego exigible.
Claro que hay jueces en Berlín.