Ocultar a la Historia con mayúsculas unas imágenes de verdad históricas

Este post intenta ser intemporal; que se consiga, es otra cosa. Que se haga referencia al caso concreto de la grabación en vídeo de la declaración en el juzgado, como imputada, de Dª Cristina de Borbón y Grecia, no empece a ello.

  • En Españajistán una hija del rey está imputada.
    • Más aún; está imputada una persona que, como miembro de la Familia Real en el sentido más estricto, es la séptima en la línea de sucesión al trono.
  • En la Historia Contemporánea con mayúsculas de Españajistán no existen precedentes de inicio  de actuaciones penales contra miembros de la Familia Real, ni siquiera de carácter meramente indiciario como es una imputación.

Y ello pese a que, por ejemplo, y por ceñirse solo a la Historia Contemporánea,

    • fue notorio el expolio de fondos públicos por la familia de una reina regente en el siglo XIX -causa, por cierto, de graves trastornos-
    • y que haya habido reyes a quienes calificar de indignos es quedarse muy cortos, como Fernando VII.
  • Estamos pues ante un caso que

no parece existir absolutamente ninguna duda que recogerán y analizarán los libros de Historia con mayúsculas: la primera imputación que ha habido nunca de miembros de la Familia Real.

Y lo recogerán los libros de Historia por el MERO HECHO de que por primera en la Historia con mayúsculas un miembro de la Familia Real

  • ha de declarar en un juzgado
  • y además en calidad de imputado.
  • Estamos además ante un caso en que
    • la imputación,
    • o mejor dicho, lo que resulte de ella,
    • o lo que no resulte,
    • condicionará la futura Historia con mayúsculas de Españajistán, puesto que la propia permanencia de la Monarquía depende de cómo acabe esto,
    • o, incluso, más aún, de cómo se lleve esto.

Y con independencia de que el Estado en sus múltiples vertientes (Fiscalía, Abogacía del Estado, Inspección de Hacienda, el propio presidente del Gobierno y el Ministro de Justicia) se esté lanzando en tromba para defender de una simple imputación a esta señora, llegando a extremos tan surrealistas como que

  • el fiscal inaugure la novedosa práctica de recurrir imputaciones
  • o la no menos novedosa de presentar escritos diciendo que no recurre cuando no las recurre
  • o de dar lugar a autos de imputación de 227 páginas cuando lo cotidiano, dicen los que saben,
    • es de apenas unas líneas o como muchísimo unas páginas
    • o incluso que ni siquiera en ocasiones se adopte la forma más elaborada de «auto»
  • o tener que oír a un presidente del Gobierno afirmar en público que esta señora es inocente

por fin parece que se le va a tomar declaración como imputada a Dª Cristina de Borbón y Grecia.

Sí, por primera vez en la Historia con mayúsculas, una persona de esas características va a prestar declaración como imputada.

Esto sí es un hecho histórico.

Y según parece, por fin

no se va a grabar esa declaración como imputada en vídeo, sino solo en audio.

Esas son las noticias a día de hoy. Las noticias, ciertas o no, pero hasta ahora parecen todas coincidentes, añaden que ADEMÁS declaraciones anteriores de otros imputados en ese mismo procedimiento judicial y en ese mismo juzgado sí se grabaron en vídeo, incluyendo al propio Sr. Urdangarín.

Pero aquí NO estamos

  • en un caso de derecho a la intimidad
  • o a la propia imagen
  • ni siquiera de un caso de juicio paralelo
  • ni son esos los datos que hay que valorar.

Lo que lo que hay que valorar en el caso concreto de Dª Cristina de Borbón y Grecia, a diferencia de en TODOS los demás casos de declaraciones de imputados

  • en este Juzgado
  • y en cualquier otro,

es OTRA cosa.

Aquí estamos ante la Historia con mayúsculas. Dª Cristina de Borbón pertenece a la Historia, como hija de su padre. En esa consideración está en la línea de sucesión y figura inscrita en un Registro Civil especial.

Sus vicisitudes personales, su boda, se han retransmitido en medios de comunicación estatales, considerándolas el propio Estado como de interés público, grabadas y difundidas con medios públicos y horario de máxima audiencia.

Y no solo consideraba el propio Estado que fuera de interés general difundir su boda, sino CONSERVAR en soporte audiovisual lo grabado con los mejores medios técnicos disponibles.

Pero no es solo la pequeña Historia individual de esta señora, la de su boda.

Aquí estamos aquí ante la Gran Historia con mayúsculas, la historia que SÍ documentarán, reflejarán y analizarán los historiadores del futuro. Tanto si la imputación queda en agua de borrajas como si acaba en procesamiento y no digamos ya en condena. Fortísimos indicios inducen a pensar que esto NO debería quedar en agua de borrajas, y fortísimos indicios inducen a pensar también que es posible que SÍ quede, por la presión conjunta defensiva de los diversos actores de un Estado de Derecho que está haciendo dejación de su condición  de tal.

Pero suceda lo que suceda, esta declaración

  • SÍ saldrá en los libros de Historia
  • y SÍ es histórica.

Y ante la repetida banalización de la palabra «Historia» y del adjetivo «histórico» hay que recordar unas cuantas cosas.

La Historia no son los partidos de fútbol ni los numerosos episodios de toda índole, de insignificancia flagrante, en los que un adjetivo se está utilizando, con notoria irresponsabilidad, por los medios de comunicación.

Emplear el adjetivo «histórico» para acontecimientos deportivos cotidianos o reuniones de políticos de medio pelo, es no solo ofensivo, falso e impropio, y se va a decir claramente, bobo, sino que demuestra patente desconocimiento de lo que es la Historia.

O lo que es peor,

una voluntad deliberada o colaboracionista de confundir lo esencial en un maremágnum de banalidades.

Histórico han sido, por ejemplo, en Españajistán, y se hace una elección puramente aleatoria y más que incompleta

  • la invasión de Napoleón
  • la Constitución de Cádiz y todas las posteriores
  • el Abrazo de Vergara (¿saben ustedes lo que fue, señores periodistas, o creen que ese trata de un restaurante?)
  • el asesinato de Prim
  • la pérdida de los territorios de Ultramar
  • la caída de la Monarquía en 1931 y la anterior caída con la Primera República
  • la guerra civil -la última y la media docena mal contada que hubo en el siglo XIX-,
  • incluso que Carrero Blanco saltara por los aires en un atentado de ETA

porque ello figura en los libros de Historia, y ello se debe a que

  • fue objetivamente muy importante en su momento
  • y lo fue después
  • y condicionó el futuro.

Y figurará en los libros de Historia con mayúsculas que una infanta declare como imputada, pase lo que pase después con esa imputación.

Y un cortoplacismo asombroso, o un enfoque sospechosamente pseudoinocente,

  • pretende plantear todo esto desde los juicios paralelos, los peligros de filtraciones y cosas por el estilo
  • cuando, además, ello NO ha sido tomado en consideración para otros imputados en la misma causa, incluyendo el propio marido, el Sr. Urgandarín, a quienes TAMPOCO se imputó con autos de 227 páginas.

Se están pues pretendiendo varias cosas:

  • IGUALDAD. Una vulneración escandalosa de la igualdad, otra más en este asunto, lo que produce profunda repugnancia moral
  • PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN. Evitar que se conserve la documentación gráfica de algo esencial en los procedimientos judiciales: gestos y movimientos físicos de quien declara. No se dice nada que no sea el abecé de los interrogatorios:
    • no es solo la VOZ lo que permite inferir si lo que se dice es verdad o no,
    • sino la EXPRESIÓN CORPORAL
    • y por eso precisamente se graba en vídeo cuando se graba, para poder recoger TODO lo relevante y revisarlo luego, en posteriores «visionados», y poder sacar conclusiones MÁS TARDE y  NO SOLO por los que estuvieron presentes, sino por LOS QUE NO ESTUVIERON y habrán de DECIDIR respecto del FONDO del asunto o REVISAR lo decidido.

La cara, los gestos, los movimientos, DICEN MUCHO, y ahí están toda una bibliografía sobre la psicología de los testimonios y los innumerables documentos de Justicia que encarecen las ventajas del empleo de medios técnicos audiovisuales en la documentación de actos judiciales. Cada juez tendrá su criterio, y quizá no se graba siempre, ni en todos los casos ni jurisdicciones, ni es indispensable, pero es un desideratum fuera de dudas la grabación audiovisual y que habiendo medios de grabación COMPLETOS, se usen.

Por favor, lector, lectora, si se graba en vídeo hasta una insignificante testifical de comunidades de propietarios en insignificantes pleitos civiles donde se discuten unos simples gastos de comunidad.

¿Y aquí, PRECISAMENTE, no interesa procesalmente conservar el gesto, los movimientos, la expresión corporal de Dª Cristina de Borbón, cuando existen los medios técnicos y además sí se conservaron los de su esposo y los de otros imputados en el mismo juzgado y en el mismo procedimiento?

Pero siendo todo ello grave, hay algo muchísimo peor.

Hurtar a la Historia con mayúsculas la documentación gráfica con todos los medios técnicamente posibles de lo que es histórico de la Historia con mayúsculas.

Obsérvese que aquí NI SIQUIERA se está pidiendo que SE DIFUNDA AHORA la grabación en vídeo, para que circule. Se está tratando de algo MÁS importante que eso. Se está pidiendo que SE CONSERVE una documentación insustituible que DEBE conservarse.

Y aquí pues la TERCERA razón para SÍ grabar en vídeo, tras la igualdad y el principio de inmediación:  la DOCUMENTACIÓN HISTÓRICA.

Porque lo contrario es un caso de libro, y también de libro de Historia, de

manipulación iconográfica.

Lenin1Porque lo contrario nos lleva, por ejemplo, al caso de Stalin.

Stalin tenía una costumbre típica de dictaduras: trucar fotografías en las que aparecían personajes a posteriori no aconsejables para su política de propaganda, y rectificar así retroactivamente la historia y la Historia.

Caso prototípico, y que viene hasta en Lenin2Wikipedia, aunque la web está llena de ellos, el de la «supresión» de la figura de Trotsky en una foto en la que aparecía con Lenin.

Y tenemos el extenso documento en vídeo de la boda de Dª Cristina de Borbón y el Sr. Urdangarín, no solo ya conservado en los archivos de televisiones de todo el mundo, sino en los archivos videográficos públicos de RTVE accesibles por internet e incluso en youtube.

  • Y de la boda, que NO saldrá en los libros de Historia como dato relevante, porque en sí misma no lo es, habrá documentación gráfica con todos los medios técnicos posibles
  • y la declaración, que SÍ saldrá en todos los libros de Historia, no se documentará más que en voz, pese a ser insustituible la imagen y ser técnicamente posible grabarla.

sweeping the lettersMás cómodo. No hay ni que manipular retroactivamente el pasado, cuando interese, sino que basta con no grabar lo que está pasando.

Vamos bien. Barriendo las letras, como en esta hermosa ilustración de un libro muy antiguo, del siglo XV, cuando solo había letras para documentar, y eran las letras lo que había que barrer y borrar, no como ahora, que estamos en plena época de la grabación y la conservación masivas de la imagen y del sonido.

Antiguo, aunque no tan antiguo como la ocultación deliberada de datos para manipular la Historia.

O lo que es es aún peor, sin darse cuenta de que es así.

Verónica del Carpio Fiestas

P.S. Efectuada la declaración de la infanta, posteriormente se han difundido DOS importantes documentos:

un vídeo que recoge unos minutos de la grabación de las declaraciones de la infanta, difundido por El Mundo (para acceder al vídeo pinche aquí), y del que se han hecho eco numerosos medios de comunicación

y la transcripción, al parecer íntegra, de la declaración de la infanta, cuyo texto completo ha sido difundido por diversos medios. Se puede acceder al texto completo de esas declaraciones en este enlace de El País o  accediendo al texto de archivo descargado de ese mismo enlace pinchando texto completo declaración infanta.

Acerca de Verónica del Carpio Fiestas

Abogada desde 1986. Colegiada ICAM nº 28.303 Profesora de Derecho Civil en el Departamento de Derecho Civil UNED desde 1992 Despacho profesional: C/ Santísima Trinidad, 30, 1° 5, 28010 Madrid (España) Tf. (+34) 917819377 e-mail veronica@delcarpio.es En Twitter @veronicadelcarp
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6 respuestas a Ocultar a la Historia con mayúsculas unas imágenes de verdad históricas

  1. rechi dijo:

    del blog ¿hay derecho? interesantísimo artículo de Emilio López Durán, acerca de la corrección de la decisión tomada por el instructor que, como no podía ser de otro modo, ocasiona una acometida tan corporativa como ayuna de argumentos legales por parte de los de siempre y no menos adhesiones ……

  2. Abogado dijo:

    La declaración en sede de instrucción no es un juicio. Sirve para que un juez valore si hay indicios de delito para llevarlo a juicio. Si tras toda la instrucción confirma sus «sospechas», permitirá a acusación y fiscalía que acusen formalmente. Si hay acusación, habrá juicio oral. Las únicas pruebas válidas son las del juicio oral.
    Coincido que es histórico que se impute a un miembro de la familia real, pero discrepo en el resto. Lo normal es que las declaraciones en instrucción no se registren más que en papel. Si se la trata como a un ciudadano más, no hace falta tanto «circo».
    La monarquía no será ni mejor ni peor en función de si uno de sus miembros ha defraudado o no a la Agencia Tributaria y mucho menos si es sancionado por ello.

    • Con independencia del valor probatorio de las declaraciones como imputada, y, por supuesto, de la presunción de inocencia, hay que tener en cuenta que en ese mismo juzgado y en ese mismo procedimiento, se grabó en vídeo a otros, incluso al esposo de la Sra. Borbón, según los medios de comunicación.

  3. Pues tiene toda la razón.

  4. cmrabogados dijo:

    Totalmente de acuerdo. Felicidades por el post.

  5. jesus dijo:

    Algo se está cayendo a pedazos.

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