El principio del interés superior del menor y queda inaugurada la Puerta de Alcalá

Quizá le interese saber que el Gobierno acaba de inaugurar la Puerta de Alcalá. Mírela, mírela.

vicematonota prensapuerta de Alcalá 2¿Le ha quedado a usted claro que por fin se instaura en Españajistán el principio del interés superior del menor, ante las bien claras palabras de la ministra de Sanidad, Sra. Mato, y de la vicepresidenta del Gobierno, Sra. Sáenz de Santamaría, expresadas en rueda de prensa, y por las clarísimas palabras de la nota de prensa oficial del Consejo de Ministros de 25 de abril de 2014?

Aquí tiene el enlace a la web oficial de La Moncloa donde consta la referencia oficial de lo acordado en ese Consejo -de ahí se ha extraído la copia de pantalla con el texto del resumen- y aquí, enlace a una de tantas webs donde se recoge lo dicho en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros -de ahí se han extraído las copias de pantalla de las declaraciones de las Sras. Mato y Sáenz de Santamaría-.

Pues por si alguna duda le cabe, aquí va la nota de prensa oficial del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, enlace aquí:

MS¿Le ha quedado entonces clarísimo que «desde hoy«, o sea, desde el 25 de abril de 2014, Españajistán es pionera en instaurar en su ordenamiento jurídico el principio de interés superior del menor?

Pues, lector, lectora, el principio del interés superior del menor resulta que lleva vigente DÉCADAS en Españajistán. No un día ni dos, ni un mes, ni dos. Décadas.

Como lo está leyendo:

  • el principio del interés superior del menos ESTÁ YA VIGENTE en Españajistán
  • y a usted se lo están vendiendo como una novedad legislativa.

Cualquier manual de Derecho Civil lo recoge, son innumerables las sentencias que lo reflejan y aplican, hay  normativa inspirada en ese principio, y todo ello, desde hace décadas. Y no es algo que ofrezca ninguna duda. Y que se venda como novedad produce estupefacción y carcajadas; por no decir otra cosa.

¿Y cómo acreditar lo que es obvio para cualquiera que sepa mínimamente del tema, pongamos, un alumno de carrera que tenga aprobado Derecho Civil I?

¿Cómo acreditar que la Puerta de Alcalá ya existe y no necesita ser inaugurada?

Aquí tiene usted el buscador de jurisprudencia del CENDOJ, base de datos oficial y gratuita de jurisprudencia accesible aquí, con lo que sale automáticamente como sugerencia de búsqueda en diversos ámbitos del Derecho si se introducen las palabras «interés del menor».

CENDOJ buscador

Aquí se incluye una sentencia cualquiera del Tribunal Supremo, de las muchas que lo aplican, escogida sencillamente porque es reciente, de 15 de enero de 2014, de la Sala 1ª, texto completo aquí:

STSEspigando al azar por Internet, aquí tiene usted un informe del año 2009 de PRODENI, Asociación para los derechos del niño y la niña, enlace aquí, que empieza así:

ProdeniSi busca usted en internet verá que hay innumerables referencias. Incluso Google ofrece búsquedas análogas:

google

Otra vez al azar, aquí un artículo doctrinal de tipo académico, del año 2012, titulado «El interés superior del niño: concepto y delimitación«, texto completo pinche Revetllat, que recoge el tratamiento de este principio en ordenamientos europeos -porque, lector, lectora, no somos pioneros ciertamente– y bibliografía.

Y si quiere usted algo reciente, y por escoger también al azar, aquí tiene un breve artículo doctrinal de esta misma semana, «El interés del menor como cláusula general en nuestro derecho«, enlace aquí,

Y si quiere usted una LEY donde se plasme ese principio, por ejemplo aquí tiene esta, importantísima, de 1996:

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor

y aquí tiene su preámbulo, que hace referencia ya a normativas anteriores.

LO 1-96Y, por si alguna duda le cabe, aquí tiene una de tantas sentencias del Tribunal Constitucional, de 13 de junio de 2013, enlace aquí, que no solo cita la Convención de Naciones Unidas de 1989, sino que directamente dice que ese principio del interés superior del niño

«nuestra legislación en materia de menores [lo] define como rector e inspirador de todas las actuaciones de los poderes públicos relacionados con el niño»,

y cita, en apoyo de esa afirmación, una sentencia del propio Tribunal Constitucional de 2002 y otra de 2009 «entre otras»:

TCLector, lectora, las palabras son gratis. Pero pese a lo que parecen opinar algunos políticos,

el marketing no es lo mismo que el Derecho.

Y para que una novedad legislativa sea novedad legislativa, tienen que concurrir dos circunstancias que al parecer no son obvias:

  • primero, que sea novedad
  • y segundo, que sea legislativa.humo2

Si lo primero no concurre, se está vendiendo humo.

Si no concurre lo segundo, no solo se está  vendiendo humo, sino que además

  • se está transmitiendo a la ciudadanía que el Ejecutivo es lo mismo que el Legislativo
  • y que la capacidad legislativa reside en el Gobierno cuando reside en las Cortes
  • y que el trámite parlamentario es eso, un mero trámite
  • y que no se tiene la menor intención de admitir enmienda alguna
  • y que las decisiones del Gobierno son ineluctables e inmodificables
  • por no hablar ya de técnica legislativa, algo fundamental que dista de ser una manía de jurista tiquismiquis.

Y de cómo se induce a confusión entre lo vigente y lo futuro, y de cómo colaboran a ello los medios de comunicación, ya ni hablamos.

Porque, lector, lectora, con independencia de que se está inaugurando la Puerta de Alcalá, ese «desde hoy» que menciona la nota de prensa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad es un «hoy» que prescinde olímpicamente

  • de la necesidad de que las medidas incluidas en el paquete de medidas al que se refiere la nota de prensa pasen por la preceptiva tramitación legislativa -o sea, que las aprueben las Cortes- e incluso tramitación prelegislativa -porque ni siquiera es aún proyecto, sino mero anteproyecto que requiere la lógica lista de informes preceptivos
  • y del dato de que la nota de prensa no es el BOE, mal que le pese al Gobierno.

¿No saben distinguir nuestros gobernantes entre lo aprobado y lo propuesto? Pues no saben, porque esto no es una excepción, sino absolutamente cotidiano.

Y da mucho que pensar que en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad no sepan uno de los principios rectores de nuestro ordenamiento, que entra además de lleno en su ámbito de actuación. Y diciendo que agradecen el trabajo «esencial» del Ministerio de Justicia que «dirige Alberto Ruiz-Gallardón«.

Y da también mucho que pensar que la Sra Vicepresidenta del Gobierno, licenciada en Derecho y abogada del Estado, no sepa tampoco cuál es uno de los principios rectores de nuestro ordenamiento.

La otra posibilidad es que sean todos muy malos redactando y que quisieran haber dicho otra cosa, quién sabe cuál. Preocupante sería también que no se supiera ni redactar, ni siquiera para distinguir el presente legislativo del futuro. Ni del pasado.

Claro que no es esto lo único de esta reforma que se dice promover que ya está vigente; por ejemplo, la obligación denunciar la existencia de delitos, francamente, es bastante antigua.

Pero no se preocupe, que no se suelta más rollo jurídico. ¿Qué tal mejor algo de música?

Y ahí está, ahí está, la Puerta de Alcalá, ahí está ahí está viendo pasar el tiempo la Puerta de Alcalá

Mírela, mírela, mírela, mírela, mírela, la Puerta de Alcalá.

Y ya con su cinta para que la corten quienes la inauguren.

Seguramente a la vez que inauguran los Juegos Olímpicos de Madrid 2012. Esos que, como los de 2016 y 2020, resulta que no salieron.

puerta de Alcalá lazo

 Verónica del Carpio Fiestas

Dedico este post con todo cariño a los periodistas que han detectado y difundido que la propaganda gubernamental en esta materia es propaganda gubernamental en esta materia. Que a día de hoy, s.e.u.o., son ninguno. Vaya.

Dedico este post también a todos los alumnos universitarios de Derecho, con mis mejores deseos de que su aprovechamiento de sus estudios sea mayor que el de unos cuantos.

Acerca de Verónica del Carpio Fiestas

Abogada desde 1986. Colegiada ICAM nº 28.303 Profesora de Derecho Civil en el Departamento de Derecho Civil UNED desde 1992 Despacho profesional: C/ Santísima Trinidad, 30, 1° 5, 28010 Madrid (España) Tf. (+34) 917819377 e-mail veronica@delcarpio.es En Twitter @veronicadelcarp
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